En la historia de la humanidad siempre ha existido la migración, ya sea por catástrofes naturales, guerras, crisis económicas, etc. Muchos de estos migrantes y refugiados, han tenido que sufrir violencia, explotación y diferentes tipos de discriminación que atentan su integridad, salud física y mental.
Hoy deben considerarse los obstáculos legales y socioeconómicos para el acceso, por ejemplo, a la atención en salud, los cuales no toman en cuenta sus particularidades y características culturales. Sin mencionar, el desconocimiento de sus derechos a la salud por parte de los trabajadores.
Por las dificultades y falencias anteriormente mencionadas es que la Organización Panamericana de la Salud (OPS) propone las siguientes prioridades a los servicios de salud en relación con los refugiados y migrantes:
- Reducir las desigualdades en materia de cobertura y acceso para las poblaciones inmigrantes en comparación con las poblaciones locales.
- Proteger y garantizar su derecho a la salud.
- Estar preparados para poner en práctica un paquete de intervenciones oportunas para reducir el exceso de mortalidad y morbilidad, en particular entre los refugiados y las víctimas de las migraciones forzadas a causa de desastres y conflictos.
- Explicar mecanismos de monitoreo de la salud.
- Fortalecer y, cuando sea necesario, crear marcos legales para la protección de la salud.
- Promover alianzas, redes de cooperación y legislación internacional para garantizar el financiamiento de los servicios de salud y la protección legal de los migrantes.
Además de la OPS, Chile es miembro de otros organismos internacionales, que disponen lineamientos generales para los países que los componen, entre ellos: La Organización Mundial de la Salud (OMS), Instituto Suramericano de Gobierno en Salud-UNASUR, Organismo Andino de Salud – Convenio Hipólito Unanue, entre otros.
Todos estos organismos aceptan que el derecho a migrar, entendido éste como el derecho a circular libremente, salir de cualquier país, incluso el propio país, se reconoce en la Declaración Internacional de Derechos Humanos (Paris, diciembre de 1948).
Nuestro país por su sistema de salud capitalista neoliberal, presenta todas las inequidades, deficiencias y desafíos mencionados, por lo que las atenciones y prestaciones de salud a las que pueden acceder los/as extranjeros/as que están en el país en calidad de inmigrantes (y no cuenten con otro derecho a atención de salud por carecer de documentos o permisos de permanencia) son sólo los siguientes:
- Mujeres durante el embarazo, el parto y post parto hasta los 12 meses desde éste. Todas las prestaciones de salud que requieran incluidas las del programa de apoyo al desarrollo bíopsicosocial (PADBP) y las del programa de apoyo al recién nacido (PARN).
- Niños hasta los 18 años de edad, todas las prestaciones de salud que requieran incluidas las del programa de apoyo al desarrollo bíopsicosocial (PADBP) y las del programa de apoyo al recién nacido (PARN).
- Casos de urgencia médica. Atención a todas las personas, sólo se podrán cobrar en los casos en que el afectado declare que le es posible pagar la prestación recibida.
- Prestaciones de salud pública: métodos de regulación de la fertilidad incluida la anticoncepción de emergencia, vacunas, atención de enfermedades transmisibles: TBC, VIH/SIDA, ITS, educación sanitaria.
Por otra parte, los medios de comunicación transmiten ideas erróneas y estigmatizantes en relación a ciertas enfermedades y su asociación a la migración. Un ejemplo es lo que ocurre con la tuberculosis, la cual se atribuye al inmigrante, sin comprender que su condición de desigualdad los expone a la pobreza, malnutrición, hacinamiento y otros factores de riesgo vinculados a esta patología.
Para finalizar, es importante tener presente que la salud es un derecho humano fundamental, que a su vez permite ejercer y disfrutar de los otros derechos, entre ellos el de migrar. Es por esta razón que se hace urgente exigir y construir entre todos/as una Salud Universal y Sostenible.
Agrupación de Profesionales
ELAM-Chile